Como todos recordaréis, los que ya tienen este convenio con la S.S, deben demostrar que están al corriente de pago, entregando la siguiente documentación:
Hay que ir a la oficina de la S.S. de la av Portugal a partir del 12 de marzo y pedir un certificado de haber pagado las cuotas hasta el mes de diciembre incluido. Este certificado junto con una copia del recibo de enero ( que se paga a final de febrero para que nos paguen la subida de la cuota), hay que enviarlo antes del 31 de marzo, si es escaneado a gestionbankia@gestolasa.es y si es por correo a GESTOLASA a la atención de Marta Chamorro c/ Juan Hurtado de Mendoza, 7-1 28036 Madrid
Teléfono de GESTOLASA por sí hace falta a alguien. 913533150 opción 2 Bankia.
Información remitida por nuestro compañero Alfredo R. Resina.
jueves, 13 de febrero de 2014
domingo, 9 de febrero de 2014
REVISION IRPF 2011
Algunos compañeros que solicitaron la revisión de la declaración del año 2011, (ver entradas anteriores), nos comunican que ya han recibido los importes de dicha revisión.
Esperamos que sea así para todos los que lo soliciten.
Esperamos que sea así para todos los que lo soliciten.
lunes, 3 de febrero de 2014
ATENCION AL PARO.
Nos ha comunicado un compañero que, al renovar el paro, en lugar de prorrogárselo por un año como hasta ahora, solo se lo han renovado por tres meses.
Está haciendo gestiones para ver qué ha cambiado o si se trata de un error.
Os comunicaremos el resultado; No obstante queremos insistir en la necesidad de no olvidar la renovación, porque, como ya dijimos en otro comentario, es imprescindible estar apuntado al paro para poder jubilarse anticipadamente.
Está haciendo gestiones para ver qué ha cambiado o si se trata de un error.
Os comunicaremos el resultado; No obstante queremos insistir en la necesidad de no olvidar la renovación, porque, como ya dijimos en otro comentario, es imprescindible estar apuntado al paro para poder jubilarse anticipadamente.
COTIZACIONES A LA S.S.
En relación con la cláusula adicional primera al convenio
especial suscrito por la Caja con la Tesorería, por la cual desde el mes de
enero 2014 nuestras bases de cotización deben ser las máximas vigentes cada año
(para el 2014 es de 3.597 euros), informamos que no figuran actulizadas en la
consulta a la TTSS. Parece ser que es un problema de la Informática (esto suele
pasar cuando no hay ningún responsable), y que estará arreglado a primeros del
mes de marzo. Estaremos pendientes.
miércoles, 8 de enero de 2014
REVISION IRPF 2011.
En relación a este tema y en respuesta a un par de comentarios que aparecen en la noticia precedente, hemos de aclarar varias cosas:
1. La declaración a revisar, efectivamente, ha de ser la de 2011 quitando el paro del mes de diciembre; lo lógico sería incluir éste en el año 2012 y quitar lo de diciembre-2012 para la declaración de 2013. Pero la actuación de la AET ha sido contradictoria. En unos casos han practicado una paralela del 2012, mientras en otros casos no han indicado nada. En este último caso, creemos que lo mejor es dejar la declaración de 2012 como está y en todo caso, si hay que hacer algo, que nos lo pidan.
Pero que quede claro. Nosotros no tenemos que hacer nada. Tan solo presentar la solicitud de revisión de la declaración del año 2011, con nuestro escrito. Lo que implique para las declaraciones de los años siguientes, ya lo hará la propia Agencia.
Pero que quede claro. Nosotros no tenemos que hacer nada. Tan solo presentar la solicitud de revisión de la declaración del año 2011, con nuestro escrito. Lo que implique para las declaraciones de los años siguientes, ya lo hará la propia Agencia.
2. Siempre hemos creído (nuestros asesores también) que con la sentencia en la mano, es suficiente presentar el escrito de solicitud de revisión, para que se aplique la sentencia y se revise la declaración de 2011. Pero en la Delegación, "siempre dispuesta a ayudar", insisten en que debe pronunciarse el Tribunal Económico en cada uno de los casos. Lo que demoraría la solución en unos meses y de paso pretende disuadir a los posibles interesados en la reclamación.
En todo caso, si iniciamos los trámites, las molestias tampoco son tan grandes, y el tiempo corre a nuestro favor, pues tienen que devolver el importe con los intereses al tipo legal.
El escrito citado debe pedirse por email en : jcreyrey@hotmail.com
Por último, nos ha extrañado un poco que no haya muchas solicitudes. Tal vez a algunos les parezca pequeño el importe en juego, o las molestias del proceso.... en realidad, se os da todo hecho; solo presentarlo.
Por último, pedir disculpas por el retraso en contestar a estos temas; aunque las fechas navideñas, no han ayudado mucho.
miércoles, 18 de diciembre de 2013
DOCUMENTO PARA PEDIR REVISION IRPF 2011
A propósito de la sentencia del Tribunal Económico Administrativo (ver en TEMAS A.E.A.T) entradas del 30-09-13 y del 22-07-13) sobre la inclusión o no de la mensualidad de diciembre de 2011, en la declaración de IRPF, y que fue favorable a nuestra solicitud, tenemos
preparado escrito dirigido a la Agencia Tributaria solicitando la revisión de
la declaración de IRPF del año 2011, motivada por que, como pensábamos, no
era obligatorio incluir el mes de diciembre, y en ese sentido adoptó resolución
el Tribunal Económico Administrativo.
Apróximadamente viene a suponer unos 350 euros lo que la Agencia Tributaria tiene que devolver a cada uno, pero hay que solicitarlo.
Para haceros llegar el documento,los que queráis solicitar la devolución, debéis pedirlo al correo habitual, y si tenéis alguna duda, poneos en contacto con nosotros.
Apróximadamente viene a suponer unos 350 euros lo que la Agencia Tributaria tiene que devolver a cada uno, pero hay que solicitarlo.
Para haceros llegar el documento,los que queráis solicitar la devolución, debéis pedirlo al correo habitual, y si tenéis alguna duda, poneos en contacto con nosotros.
martes, 17 de diciembre de 2013
AVISO.
Necesitamos saber quienes de los compañeros pertenecientes a la Caja Central y prejubilados en el ERE de 2010, están ya jubilados definitivamente, para reclamar el complemento de pensión. (6P)
Os pedimos que, a la mayor brevedad posible, lo comuniquéis, bien por email o telefónicamente.
Os pedimos que, a la mayor brevedad posible, lo comuniquéis, bien por email o telefónicamente.
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