viernes, 11 de enero de 2013

COTIZACION A LA S.S. "a partir de los 61 años"


Nos ha parecido interesante, para general conocimiento, esta información publicada en el foro "pjeresip2011", y que de alguna manera aclara cual va a ser el procedimiento del pago a la S.S. a partir de los 61 años.
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Un integrante de dicho foro,  hace la siguiente comunicacion:
“… Hoy día 21 de diciembre de 2012 hemos firmado varios compañeros en la torre el convenio s.social...."
Quiero destacar algo que me parece importante y que desconocía.

Nos ha comentado Carlos Sanz de RRHH que al cumplir los 61 ya no tendremos nosotros que tramitar y efectuar el pago mensual de nuestros seguros sociales ya que se ha acordado con la S.Social que será la caja la encargada del tramite y del pago (serán cargados directamente en cuenta de Bankia). Esto evitará que adelantemos ese importe y además evita un trámite que siempre es positivo.

… Por completar lo de los seguros, Carlos también comentó que al cumplir los 61 recibiremos comunicación. Por parte de la oficina de la S.Social (nos localizan, y si no pueden se ponen en contacto con RRHH para que nos notifiquen del cambio de modalidad). Pero como te he comentado, tanto el trámite de cambio administrativo que se haga como el pago, será Bankia la que lo efectúe
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Texto extraido del blog pjeresip2011.

1 comentario:

  1. Los que "han firmado en la torre" el convenio con la Seguridad Social el día 21-12 en teoría estaban todavía en período de prestación por desempleo, por lo que no sería necesario aún. No lo entiendo, a ver si alguien me puede despejar la duda.
    También creo conveniente que se nos asegure individualmente, mejor documentalmente, el nuevo procedimiento.
    Otra cuestión: Cuando se dice que "evitará que adelantemos el importe" parece que no tenemos claro tanto el espíritu como la materia del Acuerdo del 14-12-10, que en su Capítulo B. MEDIDAS, Punto 1. PREJUBILACIONES, Apartado Quinto, dice textualmente en su segundo párrafo: "Dicho importe se abonará al trabajador anualmente y se revisará con efectos del 1 de enero del año siguiente...hasta el nuevo importe de los boletines que presente el trabajador..."
    Desde luego, si se confirma el nuevo procedimiento, esto nos va a ser indiferente, pero he creido conveniente hacer esta puntualización por si acaso... y para que lo tengamos todos claro.

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