lunes, 30 de septiembre de 2013

A VUELTAS CON HACIENDA.

A raíz de la sentencia del Tribunal Economico Administrativo que viene a darnos la razón (ver entrada del 22 de julio "SENTENCIA DEL TRIBUNAL ECONOMICO"), se están empezando a recibir notificaciones de liquidación correspondientes al año 2012 sobre este mismo asunto, que nuevamente incurren en error al incluir la paga del paro correspondiente a diciembre 2011 pero sin quitar la de diciembre de 2012. Alguien en la Delegación de Hacienda, o es muy torpe, o quiere complicarnos la vida. Y  ya está bien.
Nuestra recomendación es no hacer nada de forma individual, y esperar en los próximos días para actuar todos de la misma forma, según nos recomienden nuestros asesores, ya que hay un plazo de diez días para presentar las alegaciones oportunas.
Por ello es importante conocer a quienes les ha llegado esta comunicación, bien mediante email o llamada telefónica.

1 comentario:

  1. Vamos a concederles el beneficio de la duda y a pensar que con los datos que les facilita el SPEE sobre rendimientos no pueden realizar la rectificación, por ello abren este periodo de alegaciones.
    A fin de poder justificar el importe correspondiente al mes de diciembre de 2012, los que vayamos recibiendo la notificación, tendremos preparado el resguardo de ingreso en cuenta correspondiente a ese mes.

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