lunes, 22 de julio de 2013

SENTENCIA DEL TRIBUNAL ECONOMICO.

Notificado por J. A. Corona.

Tengo en mi poder la sentencia del Tribunal Económico Administrativo regional de Castilla y León (sala de Burgos)en la que se estima nuestra demanda: "... este Tribunal entiende que el acto de liquidación practicado por la Oficina Gestora incluyendo en el ejercicio 2011 el rendimiento correspondiente al mes de diciembre, no es ajustado a derecho". Por tanto acuerda estimar la reclamación presentada, anulando el acto impugnado. Ya os diremos como hemos de actuar para solicitar la devolución de lo pagado de más a la Agencia Tributaria; y, en algún caso, solicitar también la devolución de la sanción pagada por no haberlo hecho como ellos ordenaban (a pesar de que sabían que teníamos razón).

1 comentario:

  1. Si todo sigue el curso normal, los que hemos presentado reclamacíón economico-administrativa, recibiremos la resolución del TEAR (Tribunal Económico Administrativo regional), que también es facilitada a la Agencia Tributaria, por consiguiente ésta (la Agencia) deberá proceder a proponer nueva liquidación rectificando conforme a lo establecido en la resolución. Es posible que además también rectifiquen la declaración del 2012 (ya veremos que hacen).
    Los que no han presentado reclamación, también podrán solicitar la rectificación de su declaración de la renta, para que se tenga en cuenta la doctrina del TEAR y se devuelva lo pagado de más. Los que además hayan sido sancionados, podrán instar para que se levante la sanción y proceder a su devolución.
    De todo ello habrá que elaborar los correspondientes documentos que pondremos a vuestra disposición cuando sea el momento.

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